Nueva normativa sobre la regulación de patinetes y “segways” en Barcelona

Segway normativa

La nueva normativa que ha entrado en vigor el día 2 de Julio prevé regular todos los vehículos de movilidad personal con motor, así como los de más de dos ruedas que tienen un uso de actividad de carácter lucrativo, ya estén asistidos por motor eléctrico o por fuerza mecánica.

Clasifica los vehículos en varios grupos: los patinetes eléctricos pequeños, ruedas eléctricas y plataformas eléctricas son el tipo A, los patinetes eléctricos grandes y segways son el tipo B, los ciclos de más de dos ruedas para el uso personal son el tipo C0, los ciclos de más de dos ruedas destinados actividades económicas son el tipo C1 y los ciclos de más de dos ruedas destinados al transporte de mercancías son el C2.

La normativa establece que los vehículos de tipo A podrán circular por el carril bici segregado y no segregado, por las calles de plataforma única y por los parques públicos. Además, los vehículos de esta categoría que puedan superar los 20 km/hora también podrán desplazarse por las calzadas de las vías con un único carril de circulación por sentido.

La nueva norma obliga a llevar casco a los usuarios de los vehículos de categoría A —en caso de estar siendo utilizados para una actividad económica— y a los de tipo B en todos los casos, mientras que el seguro será obligatorio en aquellos vehículos que tengan un uso público y compartido y actividad comercial, turística o de ocio con ánimo de lucro.

Durante este mes, el ayuntamiento ha iniciado una campaña para informar a los ciudadanos de lo que prevé la nueva normativa y, en total, se repartirán 40.000 folletos.